Irregularidades en la Concesi??n del Sistema de Estacionamiento Regulado

El Gobierno porte??o reconoci?? que no respet?? el procedimiento constitucional
cuando aprob?? la Ley N?? 5.728, que autoriz?? la concesi??n del Sistema de Estacionamiento Regulado por diez a??os.

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La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprob?? el pasado 1 de diciembre de 2016 la Ley N?? 5.728[1] que autoriz?? la concesi??n del Sistema de Estacionamiento Regulado por diez a??os.

Esta ley fue aprobada por 33 votos (PRO + Coalici??n C??vica). A ra??z de esta votaci??n se present?? una acci??n de amparo en cual se cuestionaba el procedimiento llevado adelante en la Legislatura para sancionar dicha ley y la mayor??as alcanzadas en la votaci??n.

La ley N?? 5.728 fue aprobada por mayor??a absoluta y en simple lectura cuando debi?? ser aprobada por mayor??a de los dos tercios del total de los miembros de la Legislatura (40 votos) y cumpliendo el procedimiento de doble lectura.

A trav??s de la Ley N?? 5.728, art. 5, se aprueban los anexos II, III, IV de la ley. En estos, especialmente en el Anexo B del Anexo IV, se autoriza que varios predios del dominio p??blico de la Ciudad sean utilizados por los futuros concesionarios para ser utilizados como Playas de Acarreo. Es decir, se constituye un derecho en cabeza de los futuros concesionarios sobre inmuebles de dominio p??blico de la Ciudad y, por lo tanto, resulta aplicable los art. 82 inciso 4 y 5 y art. 89, inciso 1, 4 y 5 de la Constituci??n de la Ciudad.

As?? tambi??n lo determin?? el Juez Francisco Ferrer cuando dispuso como medida cautelar suspender, por el plazo de tres (3) meses el proceso de licitaci??n para la Concesi??n del Servicio P??blico «Sistema de Estacionamiento Regulado», en la sentencia de fecha 14 de Julio de 2017.

Vencido este plazo, el GCBA se comprometi?? judicialmente a no avanzar en el dictado de una acto definitivo en el proceso licitatorio en curso, hasta que exista sentencia definitiva y firme.

Por otra parte, el Poder Ejecutivo remiti?? a la Legislatura el Proyecto de Ley N?? 3296-J-2017 antes del inicio del a??o parlamentario (1 de marzo).

Este proyecto contiene varias modificaciones a la Ley N?? 5.728. Las modificaciones propuestas tienen por objeto eliminar de la Ley toda referencia a la constituci??n de derechos en cabeza del futuro concesionario sobre las playas de acarreo. Asimismo, autoriza el uso de playa de acarreo en el predio zonificado como Urbanizaci??n Parque (UP) ubicado sobre la Av. Guzm??n entre la Av. Corrientes y la Av. Jorge Newbery.

El Poder Ejecutivo al remitir este nuevo proyecto de ley pretende subsanar la inconstitucionalidad de la Ley N?? 5.728 eliminando y modificando los art??culos que hac??an aplicable el procedimiento de doble lectura y la mayor??a agravada de dos tercios.
Pero a la vez implica un reconocimiento de su parte de la violaci??n de la Constituci??n durante el procedimiento de sanci??n de dicha Ley.

La aprobaci??n del Proyecto de Ley N?? 3296-J-2017 no subsanar??a la inconstitucionalidad de la Ley N?? 5.728. La modificaci??n de una ley nula por inconstitucional no la hace constitucional. Debe debatirse nuevamente su contenido y aprobaci??n de acuerdo al procedimiento regulado en la Constituci??n de la Ciudad.

ANTECEDENTES y DATOS:

– El contrato de concesi??n del acarreo de autos y el estacionamiento medido est?? vencido desde 2001. Las empresas que operan las gr??as son STO (Dakota S.A) y SEC (BRD S.A.C.I.F.I). Ambas empresas se dividen la Ciudad: STO desde Viamonte hacia el Norte y SEC de Viamonte al Sur.

– Dakota y BRD pagan un canon irrisorio: alrededor de 100 mil pesos por mes entre ambas.
acarrean 14.000 autos por mes.

– El costo del acarreo increment?? un 500% en 8 a??os. de 150 a 750 pesos.

– De esta forma, durante la gesti??n Pro, el acarreo acumula una suba de 500 por ciento: en 2008 aument?? de 150 a 190 pesos (40%); en 2012 a 350 (84%); en 2014 a 450 pesos (29% m??s) y otro 29% a 580$ (2015) y en 2016 a 750 pesos.

– Hay entre 10.000 y 14.000 acarreos mensuales por empresa. Las gr??as levantan hasta 550 autos en d??as laborables[2]. Es decir, ganan entre 7,5 millones y 10,5 millones de pesos mientras s??lo pagan 55 mil pesos de canon cada una. En menos de 9 horas las dos empresas recuperan el irrisorio canon de 100 mil pesos que le pagan a la Ciudad»[3].

– A partir de fines del a??o 2014 el servicio tendr??a que haber sido prestado por el Gobierno de la Ciudad directamente en virtud de la ley N?? 4.888. No se cumpli?? y ahora se otorg?? otra pr??rroga por la ley N?? 5.728 hasta mediados de 2018[4].

– La causa judicial caratulada ???DESPLATS, GUSTAVO MARIA CONTRA GCBA POR AMPARO – OTROS???, Expte. N?? A2248-2017/0, fue impulsada por el entonces legislador Gustavo Vera.

– La nueva ley N?? 5.728 establece un incremente de casi 3 mil % de los espacios alcanzados actualmente por el estacionamiento medido.

– La Ley N?? 5.728 amplia de 4.000 a 85.000 los espacios tarifados en un territorio de 203,3 km2, esto representa el 23% del total de lugares posibles del que se dispone en Buenos Aires[5]. El resto de los espacios para estacionar (284.000 lugares) continuar?? siendo gratuito.

– El sistema se ampliar?? a unas 10.000 de las 24.400 cuadras con las que cuenta la Ciudad[6].

– Las gr??as van a llegar a 14 de las 15 comunas.