LGBTI+: adolescentes ganan derechos

Se debe a que el Registro Civil de la Ciudad de Buenos Aires anunció que comenzará a considerar adultos a los adolescentes de entre 16 y 18 años que quieran cambiar su género en el DNI.

Los adolescentes que quieran acceder al trámite del cambio de DNI por la Ley de Identidad de Género podrán hacerlo desde los 16 y sin permiso de sus padres.

A partir de ahora, los adolescentes no necesitarán contar con el acompañamiento de sus representantes legales (padre, madre o tutores). Tampoco deberán ser auspiciados por un abogado del niño, previsto en el artículo 27 de la Ley 26.061, de protección integral de los derechos del niño.

Dicho aporte fue impulsado por organizaciones LGBTI+, las cuales consideraban que la normativa anterior»no reconocía a infancias y juventudes trans como titulares para el ejercicio del derecho».

Por ello , en un comunicado organizaciones como: 100% Diversidad y Derechos, la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), Infancias Libres y la Asociación Familias Diversas de la Argentina (AFDA) celebraron la medida.

En el mismo manifestaron que: «Es un avance en el ejercicio del derecho a la identidad de género de adolescentes de 16 a 18 años. Quienes podrán acceder a un Documento Nacional de Identidad que refleje su identidad de género por derecho propio, de modo libre y sin la tutela de sus progenitores».

Explicaron respecto del Código Civil que: «Por ejemplo, a partir de los dieciséis años se las considerada como personas adultas para las decisiones atinentes al cuidado de su propio cuerpo. Y entre los trece y dieciséis años se presume que tienen aptitud para decidir por sí respecto de tratamientos de salud que no resulten invasivos».

 

Cómo acceder al trámite

Para realizar el trámite ante el Registro Civil, hace falta reservar un turno en la web https://formulario-sigeci.buenosaires.gob.ar/InicioTramiteComun?idPrestacion=1028, donde elegir fecha y lugar para presentar los papeles.

Luego ir al lugar con partida de nacimiento original actualizada (original y 3 juegos de fotocopias), el DNI (original y 3 juegos de fotocopias). Además presentar una solicitud manifestando encontrarse amparado por la ley 26743, requiriendo la rectificación registral de la partida de nacimiento y el nuevo documento nacional de identidad correspondiente. Cabe aclarar que el trámite no modifica el número original del documento.